Circular en vehículos o encender sus motores cuando éstos expidan humo o ruido excesivos que causen molestias

Fundamento:

Artículo 54 Fracción XIII del Reglamento de Tránsito para el Municipio de Mexicali, Baja California.

Sanción:

  • Multa de 11 a 50 a UMA.

Autoridad:

Dirección de Seguridad Pública Municipal

Procedimiento: 

Llama al 911, o Presenta denuncia por escrito en Calzada Héctor Terán Terán y Calzada Anáhuac 910 de la colonia Xochimilco.

Generar un reporte o llena el formato de denuncia para entregarlo a la autoridad correspondiente.